PROTESTAR

Sus derechos

  • Tiene derecho a expresar pacíficamente su opinión, incluso si es controvertida.
  • Tiene derecho a protestar en espacios públicos sin bloquear el tráfico de peatones o vehículos sin un permiso. Las manifestaciones de mayor envergadura que bloqueen el tráfico de peatones o vehículos pueden requerir un permiso. Pero las normas de los permisos también tienen que contemplar las manifestaciones espontáneas, o las manifestaciones destinadas a responder rápidamente a los acontecimientos recientes. Las normas para permisos que no lo contemplen son inconstitucionales.
  • Tiene derecho a tomar fotografías y grabar videos de cualquier cosa que esté a la vista, incluidos los agentes de policía. En una propiedad privada, el propietario puede tener diferentes reglas sobre la toma de fotografías o videos. Los oficiales pueden ordenarle que detenga cualquier acción que realmente interfiera con sus actividades, incluida la toma de fotografías o la grabación de video. Pero alejarse más debería resolver preocupaciones sobre interferencias.
  • Tiene derecho a entregar materiales escritos y solicitar donaciones en las aceras y parques públicos sin un permiso. Es posible que necesite un permiso para instalar una mesa.

Más información

  • Si viola la ley como parte de su actividad de protesta, puede estar sujeto a un castigo penal a menos que se determine que la ley misma es inconstitucional.
  • La desobediencia civil no está protegida por la Primera Enmienda porque implica violar la ley para hacer una declaración.
  • Los oradores no pueden ser arrestados o castigados simplemente por un discurso incendiario. Pero pueden ser arrestados por defender específicamente acciones ilegales particulares si es probable que esas acciones ilegales ocurran poco después de la llamada a la acción.
  • Tiene derecho a contraprotestar para expresar su oposición a la manifestación, protesta o declaraciones de otra persona. Sin embargo, la policía tiene el derecho y la obligación de mantener a los contramanifestantes físicamente separados de aquellos contra quienes protestan, para proteger a ambos grupos.
  • Si está haciendo piquetes, no es necesario que se mueva de las aceras públicas, pero debe dejar espacio para que otros pasen. Si tiene un permiso para manifestarse en esa acera, entonces no necesita hacer espacio. En Maryland, los piquetes en áreas residenciales se pueden considerar perturbadores de la paz dependiendo de la hora del día y el volumen. Algunas jurisdicciones tienen leyes que prohíben los piquetes residenciales dirigidos, por lo que es posible que deba marchar de un lado a otro para cumplir con la ley.
  • Los oficiales no pueden arrestarlo o negarle un permiso por el contenido de su discurso.
  • Si la policía da una orden legal de dispersión y usted no la cumple, puede ser arrestado incluso si no está haciendo nada ilegal.
  • Planifique con anticipación qué apoyo recibirá en caso de que lo arresten (abogados, necesidades familiares, organizaciones para ayudar con las fianzas, etc.).

LA POLICÍA EN LAS PROTESTAS

Sus derechos

  • Tiene derecho a permanecer en silencio si un oficial le hace preguntas. Diga: "No puedo hablar con usted sin mi abogado".
  • Tiene derecho a irse si no está detenido. Pregunte: "¿Estoy detenido o soy libre para irme?" Si está detenido legalmente, no tiene derecho a irse, y si intenta irse, un oficial podría arrestarlo.
  • Tiene derecho a decir que no si un oficial le pide permiso para registrarlo. Diga: "No autorizo los registros".  Es posible que esto no impida que el oficial lo registre, ya que algunos registros policiales no requieren consentimiento. No toque al oficial, no discuta ni se resista, pero repita que no da su consentimiento para el registro.

Más información

  • Todo lo que diga o haga puede ser usado en su contra. Discutir, resistir, obstruir o pelear puede darle a la policía una excusa para arrestarlo.
  • Mantenga la calma, mantenga las manos visibles y señale que su actividad está protegida por la Primera Enmienda.
  • Planifique con anticipación el apoyo que recibirá en caso de arresto (abogados, necesidades familiares, organizaciones que ayuden con las fianzas, etc.).
  • Si es menor de 18 años, informe inmediatamente a los oficiales que es menor de edad porque los menores no pueden ser detenidos legalmente en instalaciones para adultos.
  • En la mayor parte de Maryland, no es necesario que muestre su identificación a la policía, a menos que le estén escribiendo una citación. En esa situación, puede ser arrestado en lugar de recibir una citación penal si no pueden verificar su identidad.
  • Los oficiales no pueden confiscar, borrar o exigir ver sus fotografías o videos sin una orden judicial. Es mejor desactivar todas las opciones de desbloqueo facial o de huellas dactilares (para que su teléfono no se pueda desbloquear fácilmente sin su consentimiento). Y nunca le facilite su contraseña a los oficiales.
  • La policía puede inspeccionar su ropa si tiene la sospecha razonable de que ha cometido o está cometiendo un delito, o si tiene la sospecha razonable de que está ocultando un arma. Evite resistirse o tocar al oficial, pero deje en claro que no da su consentimiento para ningún registro.
  • Los oficiales pueden asistir a las protestas de forma encubierta y, legalmente, pueden hacerse pasar por otro manifestante.
    Si es confrontado por oficiales y quiere marcharse, puede preguntar: "¿Estoy detenido o soy libre de irme?" Si es libre de irse, puede irse. Si está detenido, guarde silencio y pregunte si está detenido. Si es así, diga: "No puedo hablar con usted sin mi abogado

Violaciones de su derecho a la libertad de expresión por parte de la policía o mala conducta policial en protestas

  • Escriba todo lo que recuerde: nombre, fecha y hora, número de placa, departamento de policía, testigos y detalles sobre lo que sucedió antes, durante y después.

  • Obtenga información de contacto de testigos.

  • Documente y fotografíe cualquier lesión o daño.

  • Llame a un abogado, la ACLU o presente una queja ante la división de asuntos internos del departamento de policía o ante una junta de revisión civil local, si existe.

LOS NO CIUDADANOS EN UNA PROTESTA

Sus derechos

  • Cada persona en los EE. UU. tiene derecho a la libertad de expresión, independientemente de su estado migratorio.
  • Tiene derecho a no responder a las preguntas que le haga la policía, incluso sobre su estado migratorio.
  • Tiene derecho a decir que no si un oficial le pide que lo autorice para registrarlo. Diga: "No autorizo los registros".  Es posible que esto no impida que el oficial lo registre, ya que algunos registros policiales no requieren consentimiento. No toque al oficial, no discuta ni se resista, pero repita que no da su consentimiento para el registro.

Más información

  • Designe a alguien con anticipación para que llame si lo detienen, comparta su número con alguien de su grupo y dígale a dónde se dirige.
  • Planifique con anticipación el apoyo que recibirá en caso de arresto (abogados, organizaciones para ayudar con las fianzas, necesidades familiares, inmigración, etc.).
  • Apague todas las opciones de desbloqueo facial o de huellas dactilares en su teléfono y asegúrese de que alguien registre información sobre el oficial que lo arresta.
  • Evite llevar su pasaporte o cualquier documento falso mientras protesta. Si es titular de un Permiso de residencia, debe llevarlo con usted en todo momento. Si no tiene un Permiso de residencia, pero tiene otras formas de identificación, también las puede traer consigo, incluidas una tarjeta de documento de autorización de empleo (EAD), una identificación de la escuela o una identificación estatal.
  • Evite violar cualquier ley, incluidos los actos de desobediencia civil. Los no ciudadanos corren el riesgo de sufrir consecuencias migratorias, además de las consecuencias penales (incluida la deportación).

DÓNDE PUEDE PROTESTAR Y DÓNDE NECESITA UN PERMISO PARA HACERLO

Sus derechos

  • Las calles, las aceras y los parques son "foros públicos tradicionales" en los que se deben permitir las protestas, aunque es posible que se requieran permisos para gestionar los usos concurrentes de un espacio concreto, o para grandes grupos.

  • Por lo general, se necesitan permisos para eventos que requieren el cierre de calles, grandes concentraciones, cualquier actividad que bloquee vehículos o peatones, marchas o desfiles que no estén contenidos en las aceras.

  • No necesita un permiso para marchar por las aceras siempre que obedezca las reglas de tránsito. Pero las jurisdicciones locales pueden tener requisitos de permisos ilegales o mal redactados.

  • Otros espacios al aire libre de propiedad pública también pueden estar disponibles como sitios de protesta, pero no puede bloquear el acceso a los edificios o interferir con otros propósitos para los que se utiliza la propiedad. Es posible que se requieran permisos, según el tamaño y la naturaleza de la propiedad.

  • Su permiso no puede ser denegado debido a la naturaleza controvertida o al punto de vista impopular de su evento.
    Las reglas de permisos deben permitir protestas que sean en respuesta a eventos recientes, a pesar de los plazos de notificación anticipada. Si se requieren tarifas, debe haber excepciones disponibles para personas o grupos que no puedan pagarlas. Los permisos no pueden requerir prueba de seguro o compensación por pérdidas o daños causados por otros.

  • Los propietarios privados establecen las reglas para hablar en su propia propiedad. El gobierno no puede restringir el habla allí si el propietario da su consentimiento, aunque puede regular los niveles de ruido y el tiempo.

Más información

  • No todos los requisitos de permisos son legales. Existen límites sobre cuándo se pueden requerir permisos (principalmente para regular usos competitivos del espacio público). Hay límites sobre cómo se pueden estructurar los permisos (deben ser neutrales en cuanto al contenido y al punto de vista, no se pueden usar para bloquear el habla espontánea, etc.). Y hay límites en las tarifas de permisos y eventos (no pueden variar con el mensaje, o cuán controvertido, etc., y necesitan una excepción para las personas que no pueden pagarlo).

Dificultades de permisos:

  • Los gobiernos pueden regular el momento, el lugar y la manera en que se ejercen los derechos de libertad de expresión, sujeto a la Primera Enmienda. La normativa no puede basarse en el contenido o el punto de vista del discurso. Deben adaptarse de manera estricta para servir a un interés gubernamental significativo. Y deben dejar abiertos amplios caminos para que el orador transmita su mensaje. Las regulaciones pueden tomar muchas formas, como la ruta de la marcha, límites en los niveles de ruido o restringir el momento en que pueden ocurrir protestas. Sin embargo, las condiciones o restricciones excesivas pueden considerarse violaciones de la Primera Enmienda, especialmente si interfieren significativamente con la comunicación efectiva con la audiencia prevista.
  • Si experimenta un retroceso, es útil si puede demostrar otros eventos similares que se han permitido en el pasado.

LIBERTAD DE DISCURSO, DESOBEDIENCIA CIVIL Y PRIMERA ENMIENDA

Definiciones

  • La Primera Enmienda incluye la libertad de expresión, la libertad de prensa, el derecho de reunión, el derecho a la libertad religiosa y el derecho a solicitar al gobierno la reparación de agravios.

  • La libertad de expresión es el derecho a expresar cualquier opinión sin censura, restricción o castigo, incluso si su opinión es controvertida. Las expresiones del discurso incluyen una amplia gama de comunicaciones y acciones, incluidos algunos tipos de protesta.

  • Protestar es una acción o declaración que expresa desaprobación de algo, incluidas marchas, piquetes, mítines y más.

  • La desobediencia civil es la violación intencional de las leyes o la negativa a cumplir con las leyes como una forma pacífica de protesta política. La desobediencia civil no está protegida por la Primera Enmienda y puede resultar en un castigo criminal.

  • "Discurso protegido" vs. "discurso desprotegido":  No toda la conducta expresiva está automáticamente protegida por la Primera Enmienda. Los gobiernos pueden exigir permisos para que las personas se dediquen a actividades expresivas cuando sea necesario gestionar los usos concurrentes de los espacios públicos.

    • Ejemplos de "discurso protegido" (conducta expresiva protegida por la Primera Enmienda) incluyen (pero no se limitan a):
      • Protesta en espacios públicos (con un permiso, si es necesario)

      • Carteles de jardín

      • Sostener pancartas y carteles

      • Actos de declaración: quema de banderas, brazaletes, protesta silenciosa, etc.

    • Ejemplos de "discurso desprotegido" (conducta expresiva NO protegida por la Primera Enmienda) incluyen (pero no se limitan a):
      • Sentadas en edificios, bloqueo de entradas a edificios, etc.
      • Abogar específicamente por acciones ilegales particulares si es probable que esas acciones ilegales ocurran poco después de la llamada a la acción
      • Entrar ilegalmente a una propiedad (protestar en propiedad privada sin permiso)
      • Desobediencia civil u otra violación de una ley como forma de protesta

 


LOS RECURSOS ADICIONALES

Encuentre toda la información sobre Conozca sus derechos de la ACLU de Maryland y cómo solicitar una capacitación de KYR aquí.

¿Necesita asistencia legal? Llame a la Línea de Quejas sobre Derechos Civiles de ACLU-MD: (443) 524-2558
La Línea de Quejas sobre Derechos Civiles está abierta los martes y jueves de 1 a 3 p.m. Obtenga más información aquí.

Para solicitar apoyo en la cárcel o reportar un arresto, llame a la línea directa organizada por el Capítulo de Maryland del Gremio Nacional de Abogados (MD-NLG) y el Equipo Legal de Acción de Baltimore: (443) 842-4170

Para solicitar observadores legales y apoyo para demostraciones, llame o envíe un mensaje de texto al MD-NLG: (443) 842-4170. Más información aquí.